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Certificados de últimas voluntades testamentales en 2022
¿Qué son los certificados de últimas voluntades?
El certificado de últimas voluntades es un documento en el que se acredita que una persona ha otorgado testamento o en caso contrario saldrá como que no lo ha hecho. Nos dice ante qué Notario lo hizo y en que fecha. De esta manera, los herederos pueden ir al Notario pertinente donde esté depositado el último testamento y de forma autorizada, conseguir una copia del mismo.
El certificado de últimas voluntades testamentares es necesario para poder realizar cualquier acto sucesorio.
¿Qué documentación y requisitos necesitas para solicitar las últimas voluntades testamentares?
Requisitos
La solicitud del documento de últimas voluntades, se realiza de forma obligatoria cumplimentando el modelo 790 (Puedes descargarlo desde aquí de forma gratuita) y lo puedes obtener en:
Este documento se solicitará una vez transcurridos 15 días hábiles desde el fallecimiento del fallecido. Contando como día uno el siguiente al fallecimiento. No se cuentan los sábados, los domingos ni los festivos.
Documentación
Tasa del Modelo 790 para últimas voluntades en 2022
El abono de la tasa, será obligatorio para poder realizar la solicitud de éste documento y podrá realizarse de varias formas:
(Pero somos conscientes de que puede resultar un poco engorroso para muchas personas y por ese motivo en Fuensanta Tanatorios prestamos este servicio. Contacte con nosotros para más información)
Otras formas de pagar el modelo 790 y obtener las últimas voluntades:
Si disponemos de certificado electrónico
En el caso de que se disponga de certificado electrónico, puede realizar la solicitud a través de la página Sede Electrónica del Ministerio de Justicia
Precio de la tasa de las últimas voluntades
El precio de la tasa para la obtención de las últimas voluntades será en todos los casos el mismo, actualmente en 2022 asciende a 3,86 €. Es muy importante realizar el ingreso por el valor correspondiente, pues si ingresamos más, no podremos recuperarlo y en el caso de realizar un ingreso menor debemos realizar otro ingreso por la diferencia.
¿Quién puede solicitar las últimas voluntades?
Cualquier persona puede solicitar las últimas voluntades de un fallecido, siempre que presente los documentos exigidos por la Administración de Justicia. En el caso de la solicitud vía electrónica, deben de estar disponibles de forma telemática los datos de la defunción (el registro civil debe de estar informatizado)
¿Cómo se puede recoger el acto de últimas voluntades?
Normalmente suelen recogerse por el mismo medio que se han solicitado, ya sea por ventanilla, por correo o vía electrónica, salvo que el solicitante pida de forma expresa recogerlo de otra forma.
¿Cuánto tarda en ministerio de justicia en expedir el certificado?
Normalmente, cuando la solicitud se realiza de forma presencial, la expedición de las últimas voluntades suele ser instantánea. Pero en algunos casos puede llevar un periodo de tiempo mayor, por lo general no supera los 3 días hábiles. El plazo por ley del que dispone la Administración, es de 10 días hábiles desde su recepción, así que en algunas ocasiones nos toca esperar.
Recuerda que éste tramite y todos los relacionados con la defunción podemos gestionarlos por ti desde nuestra Funeraria de Ceutí.
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