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Certificado de Seguros con cobertura de fallecimiento
¿Necesitas el certificado de seguros de un fallecido? Infórmate de como conseguirlo o pídenos presupuesto y lo hacemos por ti.
¿Qué es el certificado de Seguros?
El certificado de seguros es el único documento oficial que acredita si una persona fallecida posee algún seguro, que en el caso de poseerlo, indemnizara a los familiares por la muerte de su ser querido.
También conocido como certificado de seguros con cobertura de fallecimiento, este documento acredita los seguros Vigentes, en los que figuraba la persona fallecida indicándonos el número de póliza y la compañía con la que tenia el contrato. En el caso de que no posea ningún seguro, el certificado saldrá en blanco.
Hay que destacar, que en este certificado, únicamente figurarán los seguros de vida con cobertura por fallecimiento y los de accidentes que tengan cobertura por la muerte del asegurado. Pueden ser pólizas individuales o colectivas.
¿Qué seguros no refleja el certificado de seguros?
¿De qué plazo disponemos para conseguir el certificado de seguros?
Documentación y Requisitos para la obtención del certificado
¿Cuándo puede solicitarse el certificado de seguros?
¿Qué documentación hace falta para conseguir el certificado de seguros?
¿Cómo puedo abonar la tasa del modelo 790 para conseguir el certificado de seguros?
De igual manera que con la obtención del certificado de últimas voluntades cuando presentamos la solicitud, debemos de presentar el pago de la tasa correspondiente. Éste pago, puede realizarse de distintas formas:
Banca electrónica: Si dispone de una cuenta en cualquiera de las entidades financieras que colaboran con la Agencia Tributaria, podría hacer el pago mediante sus servicios de pago de tasas. Previamente, debe obtener el modelo 790 según lo indicado arriba. Tiene que incluir el número del justificante en el apartado que se nombra como “Tasas administrativas 790" y si le piden el “Código 006 tasas administrativas del ministerio de justicia". Una vez realizado el pago puede presentar en ventanilla o enviar por correo el comprobante del abono junto al modelo 790.
Otras formas de pago:
Aclaración: Si se equivoca en el abono de la tasa deberá realizar un segundo abono por la diferencia en el caso de que el importe pagado sea inferior. En el caso de que se equivoque a favor de la Agencia Tributaria, la entidad financiera no podrá devolverle la diferencia. En el caso de querer recuperarla, debe de gestionarlo directamente con la Agencia Tributaria.
¿Quién puede solicitar o presentar el certificado con cobertura de vida?
Cualquier persona que esté interesada en obtener esta información, puede solicitarla presentando los documentos solicitados y de las formas anteriormente descritas. Tanto vía telemática como presencial o por correo.
ADVERTENCIA: Si el certificado de seguros tiene que ser válido en el extranjero, no se olvide de decirlo donde lo solicite. El certificado debe de ser legalizado, es decir, tiene que ser apostillado. Para conseguir la Legalización única o Apostilla de la Haya siga el enlace.
En Fuensanta Tanatorios, somos conscientes de que son muchas cosas las que hay que hacer y que no todo el mundo tiene tiempo de hacerlas. Por ello ponemos a su disposición a los profesionales funerarios de nuestra plantilla. Especialistas en todos estos tramites. No lo dude, si necesita una funeraria en Murcia para solucionarle todos y cada uno de los servicios que nos solicite póngase en contacto con nosotros y pida precio sin compromiso.