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Certificados de últimas voluntades testamentales en 2022

¿Qué son los certificados de últimas voluntades?

El certificado de últimas voluntades es un documento en el que se acredita que una persona ha otorgado testamento o en caso contrario saldrá como que no lo ha hecho. Nos dice ante qué Notario lo hizo y en que fecha. De esta manera, los herederos pueden ir al Notario pertinente donde esté depositado el último testamento y de forma autorizada, conseguir una copia del mismo.

El certificado de últimas voluntades testamentares es necesario para poder realizar cualquier acto sucesorio.

¿Qué documentación y requisitos necesitas para solicitar las últimas voluntades testamentares?

Requisitos

La solicitud del documento de últimas voluntades, se realiza de forma obligatoria cumplimentando el modelo 790 (Puedes descargarlo desde aquí de forma gratuita) y lo puedes obtener en:

  1. Las Gerencias de justicia
  2. En la oficina central de atención al ciudadano de Madrid. En este caso, es obligatorio pedir cita previa

Este documento se solicitará una vez transcurridos 15 días hábiles desde el fallecimiento del fallecido. Contando como día uno el siguiente al fallecimiento. No se cuentan los sábados, los domingos ni los festivos.

Documentación

  1. Partida literal de Defunción original o una fotocopia compulsada. Este documento lo expide el Registro Civil correspondiente al lugar del fallecimiento de la persona. (De forma obligatoria, deben figurar los nombres de los padres del fallecido)
  2. Modelo 790 debidamente rellenado y con el justificante del abono de la tasa correspondiente.

Tasa del Modelo 790 para últimas voluntades en 2022

El abono de la tasa, será obligatorio para poder realizar la solicitud de éste documento y podrá realizarse de varias formas:

  1. Mediante sistemas de banca on-line: El pago puede realizarse en cualquiera de las entidades colaboradoras con la Agencia Tributaria y si usted dispone de banca on-line para realizar pagos, puede gestionarlo como un servicio electrónico. Una vez realizado el pago y con el modelo 790 completo, debe presentarlo en ventanilla o enviarlo por correo a la administración pertinente.

(Pero somos conscientes de que puede resultar un poco engorroso para muchas personas y por ese motivo en Fuensanta Tanatorios prestamos este servicio. Contacte con nosotros para más información)

Otras formas de pagar el modelo 790 y obtener las últimas voluntades:

  • En España
  1.  Acuda con el modelo 790 relleno a una entidad financiera para efectuar la liquidación. De forma mecánica o con firma autorizada, acreditarán el abono de la tasa. El banco se quedará una copia y sellará las de la administración y la copia para usted. La copia que va dirigida para la administración, es la que debe presentar en ventanilla o enviar por correo junto con la partida literal de defunción.
  • Desde el extranjero
  1. Debe de acudir a una entidad financiera española que tenga alguna entidad en su país con el modelo 790. Una vez realizado el pago correspondiente tendrá que remitir el justificante junto con el modelo 790 a la administración.
  2. También puede realizar una transferencia bancaria al ministerio de justicia y remitir tanto el justificante como el modelo 790 por correo a la administración. Los datos para la transferencia son los siguientes:
  • Entidad: BBVA
  • Titular: Ministerio de Justicia (Cuenta restringida recaudación tasas extranjero)
  • Nif del titular: S-2813610-I
  • IBAN: ES62 0182 2370 4202 0800 0060
  • BIC del BBVA: BBVAESMMXXX

Si disponemos de certificado electrónico

En el caso de que se disponga de certificado electrónico, puede realizar la solicitud a través de la página Sede Electrónica del Ministerio de Justicia

Precio de la tasa de las últimas voluntades

El precio de la tasa para la obtención de las últimas voluntades será en todos los casos el mismo, actualmente en 2022 asciende a 3,86 €. Es muy importante realizar el ingreso por el valor correspondiente, pues si ingresamos más, no podremos recuperarlo y en el caso de realizar un ingreso menor debemos realizar otro ingreso por la diferencia.

¿Quién puede solicitar las últimas voluntades?

Cualquier persona puede solicitar las últimas voluntades de un fallecido, siempre que presente los documentos exigidos por la Administración de Justicia. En el caso de la solicitud vía electrónica, deben de estar disponibles de forma telemática los datos de la defunción (el registro civil debe de estar informatizado)

¿Cómo se puede recoger el acto de últimas voluntades?

Normalmente suelen recogerse por el mismo medio que se han solicitado, ya sea por ventanilla, por correo o vía electrónica, salvo que el solicitante pida de forma expresa recogerlo de otra forma.

¿Cuánto tarda en ministerio de justicia en expedir el certificado?

Normalmente, cuando la solicitud se realiza de forma presencial, la expedición de las últimas voluntades suele ser instantánea. Pero en algunos casos puede llevar un periodo de tiempo mayor, por lo general no supera los 3 días hábiles. El plazo por ley del que dispone la Administración, es de 10 días hábiles desde su recepción, así que en algunas ocasiones nos toca esperar.

Recuerda que éste tramite y todos los relacionados con la defunción podemos gestionarlos por ti desde nuestra Funeraria de Ceutí.

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